Desde el 1 de diciembre de 2023, todas las organizaciones y empresas de más de 49 personas trabajadoras deben tener habilitado un canal de denuncias
El pasado 14 de marzo entró en vigor la Ley 2/2023 Whistleblowing, que obliga a todas las administraciones y empresas de más de 49 personas trabajadoras a que dispongan de un canal de denuncias.
La normativa dictamina que las denuncias deben ser canalizadas a través de canales seguros y confidenciales, como los “buzones éticos” o canal de denuncias, para garantizar el anonimato y la protección de la identidad del denunciante.
El objetivo es buscar la transparencia, ética y responsabilidad de las empresas y administraciones públicas para promover una cultura de integridad y prevención de la corrupción. Del mismo modo, se quiere garantizar la protección de los y las que informan sobre las infracciones y actos de corrupción en las vertientes laborales y profesionales.
De hecho, las fechas de implantación obligatoria han seguido el siguiente calendario según el tipo de organización:
📅 JUNIO 2023 – Las administraciones públicas, entidades y empresas privadas con más de 250 trabajadores/as.
📅 DICIEMBRE 2023 – Empresas privadas de entre 49 y 250 trabajadores/as, y los ayuntamientos de municipios de menos de 10 mil habitantes.
La fecha máxima de implantación es 1 de diciembre de 2023.
¿Quién tiene la obligación?
- Empresas privadas con más de 49 trabajadores.
- Las empresas privadas que tengan un volumen de negocio igual o superior a 10 millones de euros.
- Todas las administraciones públicas.
- Las empresas que operan en el ámbito de los servicios financieros o sean vulnerables al blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, independientemente del número de trabajadores o volumen del negocio.
- Partidos políticos, sindicatos, patronales y fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.
¿Qué sanciones puede tener una empresa por incumplir la normativa?
El incumplimiento de la normativa puede suponer consecuencias legales y financieras, administrativas o penales, tales como:
⚠️ Multas
⚠️ Penas de prisión
⚠️ La suspensión temporal o definitiva de actividades
⚠️ La pérdida de ayudas o subvenciones públicas
⚠️ La obligación de restablecer el derecho vulnerado
⚠️ La realización de medidas correctivas
Además, la ley indica que cualquier represalia o medida disciplinaria contra un denunciante puede acarrear multas de hasta 1.000.000 €.
En DOCUGestiona, te echamos una mano
Te ofrecemos la posibilidad de incorporar en tus herramientas un Canal de Denuncias con todas las garantías legales y técnicas que establece la normativa.
Contamos con dos modalidades:
- Si actualmente eres usuario de nuestra plataforma de gestión avanzado del tiempo, te ofrecemos la posibilidad de implantar la herramienta a través de nuestro proveedor Woffu, que te permitirá una activación inmediata.
- Si por ahora no dispones de la solución de gestión del tiempo avanzada, te podemos ofrecer las herramientas que nos proporcionan varios renombrados partners. Entre sus soluciones se cuentan Canals de Denuncies con personalización de formularios, autogestionable y autoconfigurable.
Todas las opciones que te proponemos garantizan el anonimato del informador y el seguimiento de procesos por parte del administrador.
Saber +